¿Separación de bienes o bienes gananciales?
02 de Octubre 2014

Estás a punto de casarte, con mil ideas en la cabeza, mil cosas que organizar, y seguro que no te has parado a pensar qué régimen económico va a definir vuestro matrimonio.

Creerás que es algo muy frío pensar en dinero en este momento tan bonito que estás viviendo, pero como toda unión, necesita ser formalizada.

Además, te casas para toda la vida, pero tenemos que ser realistas porque por desgracia no siempre ocurre así. Y aunque espero que tú si te cases para siempre, te voy a contar en qué consisten los diferentes regímenes matrimoniales para que así puedas elegir lo que mejor se adapte a ti y a tu novio.

Empezamos con el más común: Régimen de gananciales - con este régimen los dos ponéis en común los beneficios o ?ganancias? que hayáis adquirido, indistintamente por cualquiera de vosotros dos, de tal forma que, si por algún motivo, que esperamos que no, tuvierais que romper la relación, estos beneficios se dividen a partes iguales.

Los bienes gananciales son por tanto, aquellos obtenidos por el trabajo o negocio de cualquiera de los dos, los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos (los bienes que pertenecen exclusivamente a uno de los dos antes de casaros) como los gananciales. Todo aquello que os compréis una vez casados, bien sea con tu dinero o con el de él, será de los dos.

En el Régimen de separación de bienes, como te podrás imaginar, a cada uno le pertenece tanto lo que tuviera antes de la boda como lo que adquiera después. Y así mismo, el uso y disfrute de estos bienes, por lo que si tú tuvieras una casa antes de casarte y decides que tu matrimonio se rija por este régimen, podrás hacer con ella lo que quieras sin tener que pedir consentimiento a tu marido. Es decir, podrás venderla, alquilarla, regalarla... sin que tu marido pueda decirte nada al respecto.

En este régimen los gastos comunes que se generan durante el matrimonio suelen hacerse en proporción a los recursos económicos de cada uno. Si por alguna razón hubiera algún bien que no sabéis a cuál de los dos pertenece, se considera que le corresponde la mitad a cada uno.

Y por último te voy a hablar del Régimen por partición, en el que cada uno es propietario de los bienes que tiene antes de casarse y por tanto puede disfrutar y disponer de ellos como quiera, pero además, si se adquiere algo durante el matrimonio, que es lo más normal, esto pertenecerá a los dos. En el caso de que os separarais, las ganancias se determinarían haciendo la diferencia entre el patrimonio inicial y el final.

Por defecto, si no se dice nada, es decir, si se te pasa, que con los nervios de la boda y todo lo que hay que organizar es muy normal, en la mayoría de las Comunidades Autónomas el Régimen que se aplica es el de gananciales. Pero también hay excepciones como en Cataluña, donde tu régimen matrimonial será, si no dices nada al respecto, por separación de bienes.

Y hasta aquí, porque no os quiero aburrir con temas legales, pero es una cosa que debéis dejar claro antes de la boda si no queréis que luego haya problemas,... así que date un paseo con tu novio y empezar a pensar cómo queréis organizaros económicamente.

Comenzarás a darte cuenta de que no es todo de color de rosa...